J&A Abogados
Síguenos
  >  Covid19   >  MEDIDAS A ADOPTAR EN EL NIVEL LOCAL EN ORDEN PÚBLICO POR COVID 19
Decretos económicos y de economía por el Covid19 Jiménez y Asociados

MEDIDAS A ADOPTAR EN EL NIVEL LOCAL EN ORDEN PÚBLICO POR COVID 19

DECRETO 420 DE 2020

 

Mediante el cual se le ordena a alcaldes y gobernadores, emitir medidas en sus territorios como:

-Prohibir el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio, (Se debe permitir el expendio)

-Prohibir las reuniones de más de 50 personas.

-Ordenar el toque de queda de los niños, niñas y adolescentes.

Se debe garantizar la continuidad de las siguientes actividades

-El transporte de pasajeros a nivel intermunicipal, pero se deben establecer restricciones de tránsito en las vías de orden nacional.

-Actividades en establecimientos y locales comerciales de venta de alimentos, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, productos farmacéuticos, productos médicos, ópticas, productos ortopédicos, productos de aseo e higiene, y de alimentos y medicinas para mascotas.

-En el evento de decretar el cierre de locales comerciales como restaurantes, se deberá permitir la comercialización de sus productos mediante el comercio electrónico.

-Servicios de vigilancia y seguridad privada.

-Servicios técnicos de soporte de los servicios públicos esenciales y de telecomunicaciones.

Consulte aquí el Decreto 420

Abogada de la Universidad Libre de Colombia, con conocimientos en Derecho de Familia y Derecho Civil. Escribiente de Juzgado de Familia y más de 1 año trabajando como asistente jurídica.

Post a Comment