DECRETO 541 DE 2020
El ministerio de Defensa Nacional, como consecuencia de la emergencia generada por el COVID 19, y debido a que en estos momentos no es posible realizar la incorporación de nuevos soldados y policías para que presten su servicio militar en el ejército y la policía; toda vez que la práctica de los exámenes médicos para el ingreso no se pueden realizar, así como tampoco se puede impartir la debida instrucción militar cuyo proceso normalmente tiene una duración de tres (3) meses, se hace necesario mantener los soldados y policías que ya se encuentran vinculados y cuentan con el entrenamiento y la experiencia para fortalecer las acciones de control militar dentro de las zonas susceptibles del territorio, así como también para que brinden el apoyo correspondiente de las acciones tendientes a mitigar los efectos que con ocasión de la pandemia se han generado.
Debido a lo anterior, el presente decreto ordenó: adicionar un parágrafo al artículo 13 de la Ley 1861 de 2017, mediante la cual se reglamenta el reclutamiento y el control de las reservas, de la siguiente manera:
“(…) Prorróguese el servicio militar obligatorio del personal que actualmente se encuentra en servicio, hasta por el término de tres (3) meses contados a partir de la fecha prevista para el licenciamiento. (…)”
Consulte el Decreto 541 aquí.