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MEDIDAS PARA BENEFICIARIOS DEL ICETEX, DENTRO DEL ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA POR COVID-19

DECRETO 467 DE 2020

En virtud de la emergencia generada por la pandemia del Covid-19, y ya que esta ha generado consecuencias en todos los sectores, se toman mediadas en el educativo con el fin de mitigar sus consecuencias, por lo que mediante el presente Decreto se decidió:

  1. Las entidades públicas del orden nacional y territorial con Fondos en Administración o convenios de alianzas establecidos con el ICETEX utilizarán los saldos y excedentes de liquidez, así como los saldos y excedentes de los fondos y alianzas en el Plan de Auxilios Educativos  COVID-19 que comprenderá el otorgamiento, a beneficiarios focalizados de uno de los siguientes auxilios:
  • Periodo de gracia en cuotas de créditos vigentes, que extenderá por el tiempo que dure la medida.
  • Los beneficiarios de estratos 3, 4, 5 y 6 podrán solicitar la reducción de los intereses al IPC en vigencia del Estado de emergencia, esta medida no aplica para los beneficiarios de los estratos 1 y 2 pues ya disfrutan del beneficio de la tasa subsidiada.
  • Ampliación de plazos en los planes de amortización.
  • Otorgamiento de nuevos créditos para el segundo semestre del 2020, sin la necesidad de Co-deudor solidario, pues la garantía será asumida por el Fondo Nacional de Garantías. Los auxilios se mantendrán hasta agotar el monto de los recursos dispuestos para ello.
  1. Autoriza al ICETEX para hacer uso de las utilidades derivadas de la operación de Títulos de Ahorro Educativo, a través del Fondo Garantía Co-deudor, con el propósito de apalancar recursos para el Plan de Auxilios Educativos COVID-19.

Consulte aquí el Decreto 467 de 2020.

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