MÍNIMOS DE PRODUCCIÓN NACIONAL EN LOS CANALES NACIONALES Y REGIONALES POR COVID-19
DECRETO 554 DE 2020 Durante el término del Estado de Emergencia Económica generada por el COVID 19, los % mínimos de producción nacional en los canales regionales se programará de la siguiente manera: Canales Nacionales horas (triple A), el 20% de la programación será producción nacional. De las 22:30 horas a las 24:00