DECRETO 412 DE 2020
Mediante el cual se establece:
Cerrar los pasos marítimos, terrestres y fluviales de frontera con las Repúblicas de Panamá, Ecuador, Perú y Brasil a partir del 17 de marzo de 2020 hasta el 30 de mayo.
Quedan exentos de la medida:
-Los tránsitos que deban realizarse con ocasión a situaciones de fuerza mayor o caso fortuito.
-El tránsito con ocasión al transporte de carga.
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