Decretos económicos y de economía por el Covid19 Jiménez y Asociados
Mediante el cual se le ordena a alcaldes y gobernadores, emitir medidas en sus territorios como:
-Prohibir el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio, (Se debe permitir el expendio)
-Prohibir las reuniones de más de 50 personas.
-Ordenar el toque de queda de los niños, niñas y adolescentes.
Se debe garantizar la continuidad de las siguientes actividades
-El transporte de pasajeros a nivel intermunicipal, pero se deben establecer restricciones de tránsito en las vías de orden nacional.
-Actividades en establecimientos y locales comerciales de venta de alimentos, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, productos farmacéuticos, productos médicos, ópticas, productos ortopédicos, productos de aseo e higiene, y de alimentos y medicinas para mascotas.
-En el evento de decretar el cierre de locales comerciales como restaurantes, se deberá permitir la comercialización de sus productos mediante el comercio electrónico.
-Servicios de vigilancia y seguridad privada.
-Servicios técnicos de soporte de los servicios públicos esenciales y de telecomunicaciones.
Consulte aquí el Decreto 420
DECRETO 773 DE 2020. La Ley 819 de 2003, establece que antes del 15 de…
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DECRETO 771 DE 2020 Mediante el presente Decreto, se adiciona de manera transitoria un parágrafo…
DECRETO 770 DE 2020 Con el fin de mitigar las consecuencias económicas y del empleo…
Esto parece de película, el gobierno nacional se niega en afrontar un asunto que viene…
DECRETO 132 DE 2020 En virtud de las facultades legales y como consecuencia de la…
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