Decretos económicos y de economía por el Covid19 Jiménez y Asociados
Con el fin de mitigar las consecuencias económicas y del empleo que ha generado la pandemia del COVID 19, mediante el presente Decreto, se establece:
Durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria declarada, establézcase como una alternativa adicional a lo dispuesto en el literal c) del artículo 161 del Código Sustantivo de Trabajo, y entre tanto se encuentre vigente la Emergencia Sanitaria, de manera excepcional y de mutuo acuerdo entre el trabajador y empleador, con el objeto de prevenir la circulación masiva de los trabajadores en los medios de transporte, la aglomeración en los centros de trabajo y con el fin de contener la propagación del COVID-19 y permitir un mayor número de días de descanso para el trabajador durante la semana.
De común acuerdo con el trabajador, el empleador podrá trasladar el primer pago de la prima de servicios, máximo hasta el veinte de diciembre de 2020.
DECRETO 773 DE 2020. La Ley 819 de 2003, establece que antes del 15 de…
DECRETO 772 DE 2020 Mediante el presente decreto, el Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio…
DECRETO 771 DE 2020 Mediante el presente Decreto, se adiciona de manera transitoria un parágrafo…
Esto parece de película, el gobierno nacional se niega en afrontar un asunto que viene…
DECRETO 132 DE 2020 En virtud de las facultades legales y como consecuencia de la…
DECRETO 131 DE 2020 Con el fin de cumplir lo ordenado por el gobierno nacional…
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