Mediante la presente Resolución se reglamenta, el mecanismo de protección al cesante, establecido mediante el Decreto 488 del 27 de marzo de 2020, el cual está destinado para las personas que hayan realizado aportes a una caja de compensación durante 1 año continuo y discontinuo en los últimos 5 años y se encuentren clasificados en categoría A o B y para el momento se encuentren cesantes. Por lo que durante el término que dure el Estado de emergencia Económica y social y hasta que lo permita la disponibilidad de los recursos los beneficiarios tendrán acceso a:
Requisitos para acceder.
Los beneficios otorgados se perderán en caso de:
Consulte aquí la Resolución 853 del 2020.
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