Decretos nacionales decididos por el gobierno nacional de Colombia por el Covid19 Jiménez y Asociados
Durante el término del Estado de Emergencia Económica generada por el COVID-19, los % mínimos de producción nacional en los canales Nacionales y Regionales será:
Canales Nacionales horas (triple A), el 20% de la programación será producción nacional.
Los sábados, domingos y festivos el porcentaje de producción nacional será mínimo del 20% en horario triple A.
Para Canales Regionales, el porcentaje será 20 % de la programación total.
Los operadores del servicio de televisión regional podrán destinar para funcionamiento hasta el 20 % de los recursos de fortalecimiento girado a los operadores públicos del servicio de televisión:
Consulte aquí el Decreto 516 de 2020
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DECRETO 772 DE 2020 Mediante el presente decreto, el Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio…
DECRETO 771 DE 2020 Mediante el presente Decreto, se adiciona de manera transitoria un parágrafo…
DECRETO 770 DE 2020 Con el fin de mitigar las consecuencias económicas y del empleo…
Esto parece de película, el gobierno nacional se niega en afrontar un asunto que viene…
DECRETO 132 DE 2020 En virtud de las facultades legales y como consecuencia de la…
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