MEDIDAS FRONTERIZAS POR COVID-19

DECRETO 412 DE 2020

Mediante el cual se establece:

Cerrar los pasos marítimos, terrestres y fluviales de frontera con las Repúblicas de Panamá, Ecuador, Perú y Brasil a partir del 17 de marzo de 2020 hasta el 30 de mayo.

Quedan exentos de la medida:

-Los tránsitos que deban realizarse con ocasión a situaciones de fuerza mayor o caso fortuito.

-El tránsito con ocasión al transporte de carga.

Consulte el Decreto 412 aquí

Mabel Constanza Soto F

Abogada de la Universidad Libre de Colombia, con conocimientos en Derecho de Familia y Derecho Civil. Escribiente de Juzgado de Familia y más de 1 año trabajando como asistente jurídica.

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