Mediante el cual se establecen medidas con el fin de brindar mayor liquidez a los empleadores, trabajadores dependientes e independientes y proteger a la comunidad de pensionados con ocasión al COVID 19.
Las medidas aplican para:
-Empleadores tanto del sector público como privado.
-Trabajadores dependientes e independientes.
-Pensionados (con modalidad de retiro programado)
-Colpensiones
-Fondos de Pensiones y Cesantías Privados
Los empleadores del sector público y privado y los trabajadores independientes que opten por este alivio pagarán como aporte el tres por ciento (3%) de cotización al Sistema General de Pensiones para los periodos de abril y mayo cuya cotización debe efectuarse en mayo y junio, con el fin de cubrir el costo del seguro provisional en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad o el aporte a los fondos de invalidez y sobrevivencia del Régimen de Prima Media. Los aportes se harán de la siguiente manera: El 75% por el empleador y el 25% restante por el trabajador, los independientes pagarán el 100% de esta cotización, el IBC será el establecido en las normas vigentes.
Los Fondos de Pensiones y Cesantías deberán trasladar a Colpensiones, en un plazo máximo de cuatro meses, los recursos o activos del Fondo Especial de Retiro Programado y la información correspondiente de los pensionados que presenten una descapitalización en sus cuentas, cuando los recursos existentes en la cuenta de ahorro pensional no sean suficientes para continuar recibiendo la mesada de un salario mínimo. Colpensiones se hará cargo del pago en caso de no ser posible la contratación de una renta vitalicia y Las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías deberán trasladar a Colpensiones el valor de los saldos de las cuentas de ahorro individual y sus rendimientos, el valor del bono pensional y la suma adicional. Su responsabilidad se limitará al pago de las pensiones trasladadas.
DECRETO 773 DE 2020. La Ley 819 de 2003, establece que antes del 15 de…
DECRETO 772 DE 2020 Mediante el presente decreto, el Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio…
DECRETO 771 DE 2020 Mediante el presente Decreto, se adiciona de manera transitoria un parágrafo…
DECRETO 770 DE 2020 Con el fin de mitigar las consecuencias económicas y del empleo…
Esto parece de película, el gobierno nacional se niega en afrontar un asunto que viene…
DECRETO 132 DE 2020 En virtud de las facultades legales y como consecuencia de la…
Esta web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar los servicios y mostrarte publicidad relacionada con tus hábitos de navegación. Si sigues utilizando este sitio asumiremos que estás de acuerdo.
Saber más