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Si su matrimonio no fue feliz
QUÉDESE CON LO QUE ES SUYO
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row css=».vc_custom_1526330120988{margin-bottom: 20px !important;}»][vc_column width=»1/2″][vc_empty_space height=»30″][vc_custom_heading text=»¿Quién es dueño de qué?» use_theme_fonts=»yes»][vc_column_text]Conocer los efectos jurídicos y patrimoniales del vínculo marital es determinante a la hora de saber qué bienes le pertenecen a usted y qué bienes le pertenecen a su cónyuge o compañero(a).
Si usted contrajo matrimonio o ha convivido en unión marital, la mayoría de los bienes adquiridos tanto por usted como por su cónyuge durante la unión por ley no son exclusivos de su propiedad, así estén registrados a nombre de alguno de los cónyuges o compañeros.
En realidad, estos bienes pertenecen a la sociedad conyugal o patrimonial. ¿Cómo reasignar la propiedad de dichos bienes?, ¿cuáles son?.[/vc_column_text][/vc_column][vc_column width=»1/2″][vc_empty_space height=»30″][vc_custom_heading text=»¿Qué importa si un bien le pertenece o no?» use_theme_fonts=»yes»][vc_column_text]Si un ex cónyuge o cónyuge piensa que tal bien le pertenece por estar registrado únicamente con su nombre, el día que pretenda venderlo se sorprenderá cuando el Notario le informe que lastimosamente no puede hacerlo porque en realidad no es suyo, así el registro (certificado de libertad y tradición) diga lo contrario.
De igual manera, el otro cónyuge podrá (1) reclamar su parte sobre los bienes que se querían vender como propios y (2) de ser el caso llevar a cabo una demanda exigiendo el embargo de los bienes.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space height=»40″][vc_custom_heading text=»Liquidar la sociedad conyugal o patrimonial» use_theme_fonts=»yes»][/vc_column][vc_column][vc_column_text]Para recuperar la propiedad exclusiva de sus bienes es necesario liquidar la sociedad conyugal o patrimonial, según sea el caso. Si quiere entender las diferencias entre sociedad conyugal y sociedad patrimonial de hecho haga clic aquí.
Los requerimientos para la liquidación de la sociedad o patrimonial, depende de los bienes y deudas que serán divididos en porcentajes iguales. Para hacer esto efectivo, se requiere alguna de las siguientes formas:[/vc_column_text][vc_empty_space height=»40″][vc_tta_tour][vc_tta_section title=»1. Común Acuerdo o vía contenciosa» tab_id=»1526323158199-9a444f2d-e79c»][vc_column_text]Ambos cónyuges deben estar de acuerdo en liquidar la sociedad, en cuanto a los términos y la repartición de los bienes. Si no logran ponerse de acuerdo, es posible que necesiten de un mediador neutral o inclusive llevar a cabo una demanda.[/vc_column_text][/vc_tta_section][vc_tta_section title=»2. Protección del patrimonio personal» tab_id=»1526323158240-e94bef83-0a16″][vc_column_text]Si su cónyuge o compañero permanente se comporta de manera fraudulenta o financieramente irresponsable, se encuentra en quiebra o cesación de pagos, usted podrá demandar la liquidación tal y como lo regla el artículo 200 del Código Civil Colombiano y el artículo 21 de la Ley 1 de 1976.[/vc_column_text][/vc_tta_section][vc_tta_section title=»3. El divorcio » tab_id=»1526323490275-cb5e8541-ba5e»][vc_column_text]El divorcio es una causal para la liquidación de la sociedad conyugal y puede tramitarse en la misma escritura como segundo acto jurídico. También podrán realizarse en diferentes tiempos. En el caso de la unión marital libre, para liquidar la sociedad patrimonial de hecho no se habla de divorcio sino de separación de cuerpos. Para saber más haga clic aquí.
[/vc_column_text][/vc_tta_section][/vc_tta_tour][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][lawyerpro_attorneys attroneys_list_styles=»style_3″ category_name_about=»Abogados-JA» element_title=»Nuestros Abogados» num_posts=»4″ num_characters=»70″][/vc_column][vc_column][vc_cta h2=»¡Inicie su trámite de separación de bienes ahora!» style=»outline» add_button=»bottom» btn_title=»Liquidar sociedad» btn_style=»custom» btn_custom_background=»#dd3333″ btn_custom_text=»#f9f9f9″ btn_shape=»square» btn_size=»lg» btn_align=»left» btn_link=»url:https%3A%2F%2Fjaabogados.com%2Fclone%2Fconsulta-personal%2F|||»]Asegúrese de hacer una repartición justa y en derecho de los bienes que componen su sociedad conyugal o patrimonial. Si desea que un profesional en Derecho de Familia le ayude a llevar a cabo la liquidación de su haber social para que recupere plena y exclusiva posesión de sus bienes, contáctenos sin costo y en seguida le atenderemos.[/vc_cta][vc_empty_space height=»20″][/vc_column][/vc_row][vc_row css=».vc_custom_1526330120988{margin-bottom: 20px !important;}»][vc_column width=»1/2″][vc_single_image image=»1789″ img_size=»large»][vc_empty_space height=»40″][/vc_column][vc_column width=»1/2″][vc_custom_heading text=»Los bienes del haber social» use_theme_fonts=»yes»][vc_column_text]
- Los bienes obtenidos por el trabajo de los cónyuges tales como salarios o acciones.
- Los bienes sujetos de registro que se hayan adquirido durante la sociedad. Así el bien esté a nombre de un cónyuge, no le será propio en tanto la sociedad conyugal o patrimonial esté vigente.
- Rentas o intereses producto de dichos bienes o dividendos de acciones.
- No se incluyen herencias, legados o donaciones.
[/vc_column_text][vc_empty_space height=»40″][/vc_column][/vc_row][vc_row full_width=»stretch_row» parallax=»content-moving» parallax_image=»1256″ css=».vc_custom_1533563530855{margin-top: 10px !important;}» el_class=»lawyerpro_white»][vc_column][lawyerpro_consultation form_title_cc=»Contáctanos ahora» intro_excerpt_cc=»Guíamos a nuestro cliente con claridad a través de sus situaciones, tanto jurídicas como humanas, para resolver conflictos.» email_cc_admin=»info@jaabogados.com»][/vc_column][/vc_row][vc_row el_class=»remove_hover»][vc_column css_animation=»bounceIn»][lawyerpro_gallery images=»1601,1602,1603″ element_num=»3″ num_posts=»4″ element_title=»Hablan de nuestro trabajo»][/vc_column][/vc_row]