SERVICIO DE LAS TELECOMUNICACIONES POR COVID-19
DECRETO 464 DE 2020 Con razón a la emergencia ocasionada por el COVID-19 se ordena: Declarar como esencial el servicio público de las telecomunicaciones, radiodifusión sonora, televisión, postales. Lo que implica: Que los operadores otorgarán 30 días adicionales a los usuarios para efectuar el pago de los servicios de telecomunicaciones. En caso de
MEDIDAS A ADOPTAR EN EL NIVEL LOCAL EN ORDEN PÚBLICO POR COVID 19
DECRETO 420 DE 2020 Mediante el cual se le ordena a alcaldes y gobernadores, emitir medidas en sus territorios como: -Prohibir el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio, (Se debe permitir el expendio) -Prohibir las reuniones de más de 50 personas. -Ordenar el toque de queda de los niños,
AISLAMIENTO PREVENTIVO OBLIGATORIO POR COVID-19
DECRETO 457 DE 2020 Por el que se ordena el aislamiento preventivo obligatorio desde el 25 de marzo hasta el 13 de abril de 2020, por lo que se insta a las autoridades administrativas a emitir las medidas correspondientes para el acatamiento de la medida. Se encuentran exentos de la anterior medida,
MEDIDAS DE ORDEN PÚBLICO POR COVID-19
DECRETO 418 DE 2020 La Dirección del manejo del orden público, con el fin de prevenir y controlar la propagación del COVID 19 en todo el territorio estará en cabeza del Gobierno Nacional. Esto implica que: Prevalecen las decisiones sobre las tomadas por las autoridades administrativas, las cuales deben estar coordinadas y
MEDIDAS FRONTERIZAS POR COVID-19
DECRETO 412 DE 2020 Mediante el cual se establece: Cerrar los pasos marítimos, terrestres y fluviales de frontera con las Repúblicas de Panamá, Ecuador, Perú y Brasil a partir del 17 de marzo de 2020 hasta el 30 de mayo. Quedan exentos de la medida: -Los tránsitos que deban realizarse con ocasión a situaciones